La
performatividad es un concepto difícil de definir, porque es un proceso que se
ha naturalizado y es usado en todo
momento en las sociedades. Se puede definir a la performatividad como un
proceso de significación que tiene la intención de realizar acciones no físicas
por medio de un lenguaje; cualquier que este sea. La performatividad es un
proceso social que a medida de que los actores sociales reconocen las ciertas
acciones al presentarse, simultáneamente definen esas misma acciones como
representadas (Lozano, Peña-Marín y Abril.2007:177).
Para
que se lleve a cabo un proceso performativo por lo menos se necesitan dos
personas; una persona que realice el acto y otra persona que lo acepte para que
el contrato sea válido (apuestas, prohibiciones, promesas). Se pueden encontrar
otras acciones que para resultar “válidas” tienen que ser realizadas por un
individuo que previamente fue facultado por la sociedad para realizarlas.
Debido
a que el lenguaje más usado en las
sociedades actuales es el lenguaje verbal, estas acciones predominantemente se presentan
y representan por medio de palabras. Hay que dejar muy claro que estas acciones
no son acciones físicas, sin embargo pueden tener secuelas físicas o pueden
darse a entender por medio de una acción física, pero esa acción física
observable no es el acto.
J.L
Austin (2010:49-51) bajo el lenguaje verbal, denomina preformativos a las
acciones que son realizadas cuando se emiten enunciados y que no solamente es
el decir algo. Dice Austin (2010:49) que las oraciones performativas:
- No describen o registran nada, y no son verdaderas ni falsas.
- El acto de expresar la oración es realizar una acción, o parte de ella, acción que a su vez no sería normalmente descrita como consistente en decir algo.
Sin
embargo, estas acciones no se pueden realizar individualmente, aunque la
emisión de la acción se manifiesta en voz de una sola persona esta persona
tiene que estar avalada socialmente; es decir tiene que existir una contra
parte que le dote de un poder para realizar esa acción o que le crea y le dé la
oportunidad de hacer esa acción; sino existe la otra parte antagonista al que se
emiten las palabras esa palabras no tendrán validez performativa. Por lo tanto
la performatividad no reside sólo en una persona si no en varias personas y sus
conocimientos compartidos, así se concluye que la performatividad es proceso
social de naturaleza autorreferencial; que tiene que ser conocido y reconocido
por todas las partes que participan en él.
J.L.
Austin (2010:59) de forma esquemática y no definitiva, advierte que para que un
enunciado performativo sea posible y “afortunado”, tiene que cumplir las
siguientes características obvias:
Tiene que
existir un procedimiento convencional aceptado que posea cierto efecto
convencional: dicho procedimiento debe incluir la emisión de ciertas palabras
por parte de ciertas personas en ciertas circunstancias.
- Estas palabras deben de ser emitidas circunstancias ordinarias dentro del procedimiento convencional.
Las personas y
las circunstancias deben de ser las apropiadas para que esa acción se lleva a
cabo.
El procedimiento
se debe de llevar a cabo de forma correcta en todos sus pasos.
- Las personas que participan en ciertos actos deben de tener los sentimientos y pensamiento que requiera la acción.
- Los participantes tienen que comportarse efectivamente.
d Los actores deben de ser dotados de un
poder de hacer la acción.
- Por otro actor social.
- Por un grupo social de cualquier tipo (institución, asociación, etc.)
La
performatividad para Austin consiste en tres actos de habla que se centran en
la acción de los enunciados; supera la sintáctica y semántica del lenguaje y no
se expresan meramente como oraciones y proposiciones, son actos sociales. Estos
tres actos de habla son: el acto locucionario, el acto ilocucionario y el acto
perlocucionario.